Se Declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada DILIA MENDOZA BELLO, actuando en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para conocer y decidir la causa signada bajo el alfanumérico NP01-D- 2010-000443, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 89 del Código Adjetivo Penal y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.