En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, actuando bajo el intereses Superior del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN formulada por la ciudadana MARIA TERESA TOVAR CENTENO, plenamente identificada en autos, contra del ciudadano HENRY RAFAEL EREU, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.604.553 y fija por concepto de Manutención la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,oo) mensuales, que deberán ser depositados en una cuenta de ahorro que se ordena aperturar a la demandante en la entidad Bicentenario Sucursal Chivacoa, a partir de la Segunda Quincena del mes de Mayo del presente año (2013). Así mismo en el mes de AGOSTO para útiles escolares y uniformes, el padre depositará la cantidad extra de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 3.500,oo).....