acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido que el ciudadano: ROBERT DARIO CAMACHO MONTBRUNG, convino con la madre de sus hijos, en depositarle a partir del presente mes en la cuenta de ahorro Nº 0007-0189-12-0060014348, aperturada por orden de este Tribunal, en la entidad bancaria Banfoandes , la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 100,00) mensual, por concepto de PENSIÓN DE ALIMENTO; en comprarle los UTILES ESCOLARES de acuerdo con la lista escolar en el mes de septiembre de cada año estimados en la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 100,00); y depositarle en el mes de diciembre de cada año por concepto de AGUINALDO la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 300,00); así mismo se comprometió a cubrir conjuntamente con la madre por partes iguales los gastos de enfermedad y medicina de sus hi.....