Igualmente se aprecia que aun dentro del inmueble, hay la existencia de otros bienes muebles propiedad de la notificada de autos (ocupante) y en virtud de que nos encontramos en un acto procesal que se inicio a las 10:00 a.m., y se observa que ya son las 6:17 p.m., este tribunal acuerda SUSPENDER TEMNPORALMENTE LA PRACTICA DE LA MEDIDA DE ENTREGA MATERIAL.