este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy DECLARA: PRIMERO: DICTA MEDIDA PROVISIONAL DE AUTORIZAR LA SEPARACIÓN DE LOS CONYUGES, DETERMINA que el demandado ciudadano FELIX FRANCISCO REYES REYES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.091.959 continuará habitando el inmueble que les servía de alojamiento común a los cónyuges, hasta que dure el juicio salvo los derechos de terceros. Se AUTORIZA a la ciudadana VILMA JOSEFINA SEVILLA PÁEZ, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 6.603.052 a separarse de su cónyuge y podrá trasladarse a la residencia de su madre ubicada en esa misma población, en la avenida Carabobo, sector Aire Libre casa s/n de la población de Nirgua estado Yaracuy. Dicha separación solo podrá realizarla una vez que está a derecho la parte demandada, con su debida notificación.
SEGUNDO: I.....