En este orden de ideas, considera quien decide que, preservando la presunción de inocencia, que es una garantía que abraza al acusado de autos hasta tanto no exista una sentencia definitivamente firme que establezca lo contrario, y en mérito a lo expuesto, en este caso concreto no han variado las condiciones que motivaron a la Juez de Control a decretar la medida de coerción, por lo que se niega solicitud de la defensa en cuanto a que le sea ampliado el régimen de presentación al imputado de autos y así se decide. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control No. 1
La Secretaria
Abg. Jholeesky del Valle Villegas Espina Abg. Meibis Carolina García