Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Abogado CRUZ MANUEL ANZOLA, actuando en su condición de Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-V-2018-000615, relativo al procedimiento de CUSTODIA/RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, incoado por el ciudadano MIGUEL CIERI RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-19.954.340, contra la ciudadana WENNY KRUPSKAIA INOJOSA TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.- 21.302.673. SEGUNDO: En consecuencia, de conform.....