Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el ciudadano ABRAHAN ALBERTO LOPEZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.027.065, en su carácter de parte demandante, asistido por la Abogada RITA DIAZ, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 86.582, y de este domicilio, actuando en representación de la parte demandante, interpuesto en fecha veintinueve (29) de Julio de 2025,en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha veintiocho (28) de julio de 2025; todo ello de confor.....