En base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano: JOSE YULIANI AVILA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.279.489 y de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio: YASNERIS DE SULEIMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.263; la cual se encuentra extendida bajo el N° 323, de los Libros llevados por la Coordinación de Registro Civil del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, por cuando no quedó demostrado en el transcurso del juicio lo que se pretende corregir, y así se decide. Como quiera que la presente decisión no tiene Apelación, por cuanto no hubo oposición, se ordena el archivo del expediente, conforme al artícu.....