DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Se ADMITE la primera, segunda, y tercera, denuncia del recurso de Apelación de Auto, interpuesto por el Abogado Argenis José Velásquez Gómez, en su condición de Defensor Público Cuarto, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, en representación de los ciudadanos CARLOS JAVIER LINARES HOSPEDALES y NAILETH ILARRAZA MÉNDEZ, contra la decisión dictada en fecha 19 de Agosto de 2017, que constituyen los fundamentos de hecho y de derecho de la audiencia de presentación de imputados celebrada en fecha 10 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto penal identificado con el alfanumérico UP01-P-20.....