DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada porlaciudadanaBRICEÑO MAGALYS COROMOTO,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 16.824.497, con domicilio procesal ubicado en la séptima avenida, entre calles 11 y 12, edificio Rental, piso N° 02, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistida por elabogadoBOLAÑO MUÑOZ OSCAR ENRIQUE,inscrito en el Inpreabogado con el N° 307.701,en su carácter de Defensor Público con competencia amplia en materia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, contra el ciudadanoTRILLO HERNÁNDEZ GUSTAVO HENRY,venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 24.633.141, domiciliado en la urbanización San José, calle 03, a la izquierda, casa 124, municipio Independencia, estado Yaracuy, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos BRICEÑO MAGALYS COROMOTOy TRILLO H.....