PRIMERO: Se declaró SIN LUGAR la querella interdictal de amparo propuesta por el ciudadano, abogado ROGER MARQUINA ALVARADO, actuando en su propio nombre, contra la ciudadana KARLA LAZO, sobre la posesión que alega ejercer en el inmueble consistente en un lote de terreno, ubicado en el sitio denominado "La Quebrada", aldea San Jerónimo, jurisdicción del Municipio Santos Marquina del Estado Mérida; SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, SE REVOCA el decreto provisional interdictal de amparo dictado a favor del querellante, en fecha 16 de septiembre de 1998, el cual fue ejecutado mediante comisión por el Juzgado Cuarto de Parroquia de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 10 de marzo de 1999; TERCERO: Se CONDENO al querellante, abogado ROGER MARQUINA ALVARADO, al pago de las costas procesales.