este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA a la ciudadana NIRIA ANTONIA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro° V-2.155.320 y a los ciudadanos ALVARO DE JESUS BARCO TORRES, MINERVA LESAYDA BARCO TORRES, LUIS FELIPE BARCO TORRES, ALBINA COROMOTO BARCO DE ARROYO, OSCAR DE JESUS BARCO TORRES y MILEIDA DEL CARMEN BARCO TORRES, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de Identidad Nros: V-7.575.434; V-7.593.837; V-7.913.421; V-8.512.550; V-10.861.181; V-10.862.488 respectivamente como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Difunto ciudadano ISIDORO DE JESUS BARCOS, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS.