PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano: CESAR ENRIQUE ALMEIDA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.358.750, contra INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA C.A.
SEGUNDO: SE CONDENA, a la parte demandada INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA C.A. a pagar a la parte actora ciudadano: CESAR ENRIQUE ALMEIDA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.358.750, a pagar al demandante la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 79.000,00), por los conceptos establecidos en el contrato de trabajo sucrito por las partes.
TERCERO: Se acuerda el pago de los Intereses sobre prestaciones sociales que resulte de la experticia complementaria del fallo la cual se practicara por un solo experto designado por el Tribunal, todo de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.