En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 76 Constitucional en concordancia con lo contenido en los artículos 8, 30, 365 y 369 de la LOPNNA declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana ALIBETH KAROLINA YARZA CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.313.328, domiciliada al final de la avenida Caracas, calle 10, casa N° 13-07, municipio San Felipe, estado Yaracuy, en beneficio del niño y adolescente CHRIS ALEJANDRO y BRAHYAM JOSSUETH HERNANDEZ YARZA, de once (11) y catorce (14) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano ORLANDO JOSE HERNANDEZ USECHE, vene.....