A favor de los ciudadanos FELIPA DEL CARMEN VALERA DE PÉREZ, RAFAEL ÁNGEL PÉREZ VALERA, ENRIQUE MANUEL PÉREZ VALERA, JOSÉ YNOCENCIO PÉREZ VALERA, EDUARDO ANTONIO PÉREZ VALERA y LUIS FELIPE PÉREZ VALERA, venezolanos, mayores de edad, la primera viuda y los siguientes solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.568.031, V-8.514.476, V-7.912.005, V-10.857.827, V-11.277.961, V-13.985.015, respectivamente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.