Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles:
DECLARA:
PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO por ABANDONO DE TRAMITE derivado de la pérdida de la interés procesal, en el presente juicio DE ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, presentada por la ciudadana RAMBÖCK ESMERALDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.915.716, abogada Inpreabogado N° 58.628; con domicilio procesal en la avenida Las Américas, urbanización Villa de La Rioja, sector Bella Vista, quinta Villa Esmeralda, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por el abogado SÁNCHEZ ATENCIO JUAN CARLOS, Inpreabogado N° 51.915.
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