Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos OLIVERA SILVA SILVIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en la calle 5, entre avenidas Libertador y Amedeo Saturno, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 15.482.758, y GONZÁLEZ YOHANDY SAMIR, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en la avenida Libertador, entre calles 2 y 3, casa N° 16, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 18.302.382, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido.....