SEGUNDO: Declara IMPROCEDENTE el Recurso de Hecho anunciado por el abogado en ejercicio Luís Teneud Figuera, inscrito el inpreabogado bajo el Nº 2725, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, JOSÉ NICACIO DÍAZ ARISMENDI, HILARIO JOSÉ DÍAZ ARISMENDI, ROSAURO RAMON DÍAZ RODRÍGUEZ, YONEL RAFAEL DÍAZ LÓPEZ, ÁNGEL FLORENCIO DÍAZ, LUIS SUNIAGA y TUBURCIO RAFAEL SUNIAGA DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.482.322, V-3.824.596, V-4.045.390, V-4.647.695, V-8.390.599, V-3.822.912 y V-3.489.352, contra la decisión dictada en fecha 14/01/2016, por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.