DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Improcedente in limine litis la presente acción de Amparo, incoada por el profesional del derecho Yilder Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 198.668, con domicilio procesal en la calle 13 entre avenida 10 y 11, Edificio Loscmar 1, piso Nº 2, oficina Nº 6 y 7 del municipio San Felipe del estado Yaracuy. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe a los diecisiete (17) días del mes de Abril de Dos Mil Dieciocho (2018). Años: 207º de la Independencia y 159° de la Federación. Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Las Juezas de la Corte de Apelaciones
Abg. DARCY LORENA SANCHEZ NIETO
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA PRESIDENTA
(PONENTE)
Abg. JHOLEESKY DEL VALLE.....