Este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos:ELBA DEL CARMEN TORRES ZULETA Y HOBAR ANTONIO RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: 4.726.383 Y 9.540.439 respectivamente. En consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante el Juzgado del Municipio José gregorio Bastidas, Distrito Palavecino, actualmente Municipio Palavecino del estado Lara, según acta de matrimonio Nº: 33 del año 1995.-