PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional, por la violación del Derecho al Trabajo, consagrado en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejercida por la ciudadana DIGNAIS AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.073.398, contra la empresa SERVICIO, MANTENIMIENTO Y AGRO, C.A por el incumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 195/2010 de fecha Veintidós (22) de Junio de 2010 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy.