esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la primera denuncia.
SEGUNDO: Con Lugar la segunda denuncia interpuesta por la Defensora Pública Décima en Materia Penal Ordinario Adscrita a la Unidad de la Defensa Pública Abogada Luisana Eastman, en su condición de Defensora del ciudadano YEFREN JOSÉ FLORES MEDINA, al constatarse el vicio de falta de motivación de la sentencia por parte de la a quo, creándole una duda razonable al justiciable, por lo que anula el fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control No. 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy dictada en fecha 02 de Octubre de 2013 y publicada en extenso en fecha 28 de Octubre de 2013, inserta en la causa principal UP01-P-2012-213, en consecuencia se retrotrae la causa a la celebración de una nueva Audiencia .....