administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio 185 en los mismos términos en que expuestos en el escrito libelar y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO PROAÑO MORENO Y MAREL CAROLINA CHACON DE PROAÑO , venezolanos, mayores de edad titular de la cedula de identidad Nº 7.557.172 y 14.759.114