esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Numeral 8º del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN presentada por la Juez de Juicio Nº 2, Abg. Gloria Cecilia Torrellas Alterio, para conocer el asunto signado con el número UP01-P-2002-000160.