En razón de lo antes señalado, considera quien Juzga que no es viable solicitar que se declare como únicos y universales herederos, si uno de ellos, como es el caso de la ciudadana Gladys Josefina Castillo, previamente no ha obtenido una declaratoria judicial de la existencia de la comunidad concubinaria con el causante Daniel Antonio Parra Tovar, por tanto, se declara inadmisible la presente solicitud, y así se decide.