DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil, artículos 2 y 4 de la Ley de Abogados y criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA INADMISIBLE para conocer de la solicitud de Justificativo de Testigos intentada por la ciudadana ELIZABETH GUADALUPE CABELLO DE LUONGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.695.884, domiciliada en la población de Caripe, Estado Monagas, actuando en nombre y representación de la ciudadana ALICIA CRISTINA CABELLO DE BORGES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.643.619, asistida por las abogadasLUISA YINHIS GA.....