administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional intentada por el acusado ANDERSON GALLARDO, asistido por su defensor, abogado ROBERTH BRIZUELA, contra la omisión judicial ocasionada por los Miembros de la Corte de Apelaciones de Adolescentes de la Circunscripción Judicial de este Estado y el Órgano de Administración, y DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de dicho asunto, en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Notifíquese al accionante. Remítase el asunto al Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional.