En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de EXTENSION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana YENNY MAYERLIN PUERTA CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.367.696, residenciada en la avenida 12 entre calles 21 y 22, al lado de la casa Nº 21-11, municipio Independencia del estado Yaracuy, en su carácter de madre del joven adulto "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", asistido por la abogada YASNELA MARTINEZ, Defensora Pública Primera adscrito a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y con Competencia en Materia del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente.....