Efectuando una revisión íntegra a las actas procesales que conforman el presente expediente, es evidente que se llevo a cabo MESA DE TRABAJO, en fecha (17/07/2018) en la cual se dejo constancia que a partir de dicha fecha (exclusive) comenzó a transcurrir el lapso de sentencia de conformidad con el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es decir (60) días continuos, es por lo que se ordena practicar por Secretaría cómputo de los días transcurridos desde la fecha (17/07/2018) (exclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ
Quien suscribe, ABG. IRVING REYES, Secretario del Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Desde el (18/07/2018) inclusive han transcurrido los siguientes días: 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de julio; los días 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, .....