CAPITULO II
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, basado en los señalamientos anteriores , "Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" ACUERDA: Con lugar la solicitud de Plazo Prudencial que emana de la Defensoria Publica Tercera de la Sección de Adolescentes del Estado Yaracuy, a los fines de determinar un plazo para la culminación de la Investigación y en consecuencia se fija un Plazo Prudencial de Setenta y Cinco (75) días a la Fiscalía Auxiliar Noveno del Ministerio Público del Estado Yaracuy, para la conclusión de la Investigación seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, contados a partir del día 16-10-08 hasta el día 30-12-08, ambas fechas inclusive, fundamentado en los Artículos 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por rem.....