En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente homologación al presente desistimiento, por lo que homologado tendrá carácter de cosa juzgada. En consecuencia se ordena el desglose del presente expediente a los fines de la devolución de los recaudos original adjuntos a la presente demanda y posteriormente hágase entrega del mismo a la parte interesada. Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los diecisiete días de Diciembre de 2007. Siendo las 12:30 de la tarde. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
El Juez Titular
Abogado Luís Ramón Farías García
El Secretario Titular
Abogado Gilberto Cedeño
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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