En consecuencia éste Tribunal observa de los autos que el asunto se encuentra en etapa de Audiencia Preliminar, por lo tanto en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda SUSPENDER, la presente causa hasta el MIERCOLES 30 de ENERO de 2008 A LAS 11:00 AM, a petición de ambas partes. Por consiguiente, quien juzga sostiene que el presente asunto se reanudará al estado en que se encontraba, a partir del MIERCOLES 30 de ENERO de 2008, A LAS 11:00 AM. Así se decide.