Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos CARLOTA JOSEFINA BOURACCE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.313.872 y IMAD FAUZI AHMAD ABDALLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.280.154, debidamente asistidos por el abogado WILLIAM HERNAN ESCOBAR CASTILLO, INPREABOGADO Nº 68.498. En consecuencia en atención a los niños identidad omitida, este Tribunal establece: PRIMERO: La guarda y custodia de los niños identidad omitida, la ejercerá la madre CARLOTA JOSEFINA BOURACCE MARIN, en el domicilio donde actualmente reside, y la Patria Potestad será ejercida conjuntamente por ambos padres. SEGUNDO: El padre tendrá un régimen de visitas amplio, sin interferir con l.....