En este estado el Tribunal deja constancia visto la exposición tanto del Perito como de la parte demandada, es por lo que este Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara consumada el Desalojo del inmueble y deja sin efecto el Embargo Ejecutivo al cual hace referencia la Apoderada de la parte actora y entrega el inmueble ya identificado en mano de la ciudadana Nancy Margarita Mieres, ya identificada en la Comisión conferida; a su vez el Tribunal deja constancia que la parte demandada no hace entrega de las llaves del bien inmueble descrito ampliamente en la comisión, ya que el mismo carece de cerradura. Asimismo el Tribunal Acuerda expedirle copia certificada del acta de la presente Comisión y Acuerda devolver la presente Comisión debidamente cumplida al Tribunal Comitente. Finalmente no habiendo otra diligencia que realizar, este Tribunal acuerda regresar a su sede natural. Es Todo, terminó, .....