Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos SANTA ISABEL PEROZO DE RODRIGUEZ, COLUMBA DEL CARMEN PEROZO DE RIERA, HONORIO DE JESUS PEROZO CHIRINOS, FRANCISCA DEL CARMEN PEROZO CHIRINOS Y ANGELA MERCEDES PEROZO CHIRINOS, todos venezolanos, mayores de edad, casados los tres primeros y solteras las dos últimas, titulares de las cédulas de identidad N° 4.340.741, 3.458.527, 4.430.742, 12.284.654 y 7.559.022, respectivamente, de este domicilio; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que los solicitantes fomentan sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTI; que mide una superficie de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (168,80 Mts2.....