el Tribunal da por terminada la presente audiencia Preliminar, siendo las 11:00 a.m. En consecuencia conforme lo establecido en el Artículo 868 del Código de Procedimiento Civil, hará la fijación de los hechos y de los límites de la controversia dentro de los tres días siguientes al de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-