Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada, a los fines de la suspensión temporal de la discusión del proyecto de contratación colectiva presentado por el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la empresa Servicios Avícolas Bejuma C.A. (SINUNTRASABECA) en la Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy.