DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho suficientemente esgrimidas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, con Sede en San Felipe Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Acuerda Medida de Protección a favor del ciudadano VICTOR EDUARDO RIERA GONZALEZ y para su núcleo familiar, consistente en VIGILANCIA Y PATRULLAJE POLICIAL REITERADO por parte de la fuerza pública del estado, durante tres (3) meses, mientras que el Ministerio Público, dentro del plazo razonable de Ley presente el respectivo Acto Conclusivo. Siendo diarizado de forma automatizada el presente Auto se procede a su publicación. Notifíquese y líbrese el respectivo oficio a la Comandancia Policial del Estado Yaracuy. Cúmplase.