PRIMERO: revoca la orden de aprehensión en contra del ciudadano WALTER JESÚS RIVERA DUGARTE, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 23/12/1971, de 40 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad numero V-10.712.266, grado de instrucción; bachiller, ocupación; obrero, hijo de Carmen Dugarte y Jesús Rivera, domiciliado en: Los Sauzales, vereda 2, casa numero 1, Municipio Libertador del Estado Mérida. Teléfono: 0274/2622414 y 0414/9752084 y JOMER JOSEPH CONTRERAS CAMARGO, designó como defensor al abogado JOSE LUIS GUILLEN, titular de la cedula de identidad N° 8.046.544, inore N° 123.925, con domicilio procesal en la Pedregosa media, calle Ruiz, casa N° 07, Mérida Estado Mériday acuerda imponer MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256, numeral 3° del Código Orgánico Procesal, consistente en: 1.- Régimen de presentación, cada 30 días, por ante para este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la or.....