Vista y revisada la presente causa signada bajo el Nº 1990/2012 de Aumento de Obligación de manutención introducida por la ciudadana LUISMAR ALZULAY BELLO RIVERO, en contra del ciudadano MIGUEL ABRAHAM BARRETO GOMEZ y en beneficio de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCETE, por cuanto este Juzgado observa que en fecha 22 de Junio de 2012 se dictó sentencia firme y se remitieron las medidas cautelares en caso de retiro o despido del Obligado alimentario a la Dirección de Recursos Humanos de La Comandancia General de Policía del Estado Yaracuy, y visto que en fecha 19 de Marzo de 2013, dicho Órgano de Seguridad hizo entrega a la demandante, ciudadana LUISMAR ALZULAY BELLO RIVERO del dinero retenido como medida cautelar efectuada al ciudadano MIGUEL ABRAHAM BARRETO GOMEZ de la liquidación total de sus Prestaciones Sociales que dan garantía a las Obligaciones de Manutención Mensual por vencerse y por no existir otra ac.....