éste Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, decide:
PRIMERO: Se desecha la presente tacha incidental presentada por las apoderadas judiciales de la parte demandante, ciudadanas abogadas Daniela Albarran y Zaydda Lavite.
SEGUNDO: En virtud que la presente decisión fue dictada fuera del lapso legal establecido para ello, se acuerda la notificación de las partes.