Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora y "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, ambos contra la sentencia de fecha 01 de Diciembre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido, en consecuencia, se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por DAÑO MORAL ejercida por la ciudadana AMABEL JOSEFINA LUGO contra la empresa "AGUAS DE YARACUY", C.A. ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se condena la demandada empr.....