En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Este juzgado declara su COMPETENCIA para conocer el presente asunto. Así se declara.-
SEGUNDO: en virtud de haber cesado la violación del derecho constitucional denunciado, este tribunal declara la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA del presente asunto contentivo de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano Raúl José Saud Ramos, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.702.505, asistido por la abogada Sonia Mercedes Arasme Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo matricula n° 75.935, contra la abogada Angélica Mercedes Campos Aponte en su condición de jueza accidental del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judi.....