DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano REYES OVIEDO JOSÉ DE LA CRUZ, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, residía en la urbanización Bella Vista, avenida El Parque, quinta Niti, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-827.145; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos GONZÁLEZ DE REYES JOSEFA, REYES GONZÁLEZ MARÍA GLORIA, REYES SILVA JULIO JOSÉ, REYES SILVA JOSÉ DE LA CRUZ y REYES GONZALEZ NICOLAS JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V-11.646.510, V-14.998.541, V-8.513.757, V-12.082.905 y V-14.998.513 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.366-18 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.