Por los fundamentos expuestos, se acuerda otorgar medida de protección para la ciudadana CARMEN NOGUERA, portadora de la cédula de identidad No.9.609.359, venezolana, y a su núcleo familiar, residenciado en la Urbanización Higuerón, Calle Principal, casa No. 112, Municipio san Felipe del Estado Yaracuy, consistente en el resguardo por medio de rondas sucesivas por los alrededores del lugar de la residencia DONDE HABITA la mencionada ciudadana Y SU NUCLEO FAMILIAR , por efectivos adscritos a la Policía de este Estado Yaracuy por espacio de 90 días prorrogables a petición de esa Unidad, y la prohibición del acercamiento de los ciudadanos JEAN CARLOS NADAL MEDINA; RAMON ANTONIO HERNANDEZ OVIEDA Y DANNY GABRIEL PERALTA MORENO, por si o a través de terceras personas, a la residencia donde habita la victima. En consecuencia, se acuerda oficiar al Comandante General de la Policía (IAPEY) de este Estado Yaracuy, a los fines de dar cumplimiento a la presente decisión y hacer del cono.....