Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta:
PRIMERO: Se Califica la detención en flagrancia, POR ESTAR LLENOS LOS EXTREMOS DEL ARTICULO 557 de la L.O.P.N.A en concordancia con el articulo 248 DEL C.O.P.P. vista el acta policial de fecha 11 de julios 2007, donde verifica que el adolescente fue aprehendido en la referida fecha, cuando la ciudadana Mercedes Fuentes Zabaleta comisionada de la Gobernación de este Estado, en compañía de los consejeros de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente : Roiber Hernández y Luís Miguel Piña, se hicieron presentes en el Gimnasio Jesús Pimpo Elorza a fin de desalojar a dos familias quienes solicitaron la colaboración de seguridad, al observar a una cantidad de personas entre adultos y niños y al observar la comisión varias personas en actitud hostil de varias personas integrantes de esas familias se presento una confrontación con la comisión policial quien en f.....