Por todas las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por el apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 10 de agosto de 2009, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida decisión, en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se tiene como debidamente presentada la contestación a la demanda suscrita por la representación judicial de la parte demandada, en el juicio por DAÑO MORAL, incoado en el presente asunto por la ciudadana AMABEL JOSEFINA LUGO, contra la empresa "AGUAS DE YARACUY", C.A., ambas partes plenamente.....