PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con medida de suspensión de efectos, interpuesto por el Abg. Pedro Cañas, inscrita en el IPSA bajo el N° 127.009, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa Estación de Servicio y Repuestos Maracaibo C.A., en contra de la providencia administrativa número 0023/2008 de fecha 04 de abril de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, que declaró imponer sanción de multa al Centro de Trabajo Estación de Servicio y Repuestos Maracaibo C.A. por desacato a las disposiciones contenidas en el informe de sanción de fecha 22/09/2006 y de conformidad con el articulo 653 de Ley Organica del Trabajo. En consecuencia, se ANULA dicho acto Administrativo.