este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente solicitud, de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana OTILIA DA ESTRELA DOMÍNGUES DE MARQUES, de nacionalidad extranjera, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° E-81.543.856, (tal como se evidencia en copia de cédula anexa), asistida por el Abogado MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.563.